Si nos divorciamos con quien van a vivir nuestros hijos? Nuestro Código Civil y Comercial prevé en sus artículos 655 y 656 que entre ambas partes del divorcio se pongan de acuerdo en un PLAN DE PARENTALIDAD que no es mas que un convenio que ofrecerá soluciones sobre: Donde físicamente estarán los hijos y que tiempo con cada uno de los padres. Las responsabilidades que cada uno asume frente a los hijos (llevarlo al colegio, pagar la obra social, hacerle controles médicos, etc.) Donde y con quien van a pasar las vacaciones, días feriados y otras fechas importantes. Cómo van a comunicarse los hijos con uno de los padres cuando están con el otro.