CLAUSULAS PROHIBIDAS EN CONTRATOS DE CONSUMO
Los contratos de consumo no pueden tener cláusulas abusivas o que limiten los derechos de la o el consumidor. Cuando otras normas establecen condiciones de contratación más favorables a la o el consumidor deben tenerse en cuenta esas condiciones más favorables. Algunas de las cláusulas abusivas son las siguientes: Las que dan solo al proveedor el derecho de interpretar el significado, alcance y cumplimiento de las cláusulas contractuales y de las obligaciones de las partes. Las que dan al proveedor el poder de modificar por sí solo el contrato. El proveedor solo puede modificar el contrato cuando la autoridad lo permite. Las que autorizan al proveedor a finalizar el contrato sin ninguna causa y sin que la o el consumidor haya incumplido el contrato. Las que establecen límites para que la o el consumidor pueda iniciar acciones judiciales. Las que permiten que el proveedor entregue otros productos o servicios no incluidos en el contrato sin que la o el consumidor lo acepte en forma previ...